¿SON LEGALES LAS COMISIONES BANCARIAS?

Tanto el consumidor diligente como el consumidor despistado son parte débil cuando formalizan contratos con una entidad bancaria, esto es así porque la entidad bancaria cuenta con un asesoramiento especializado que le permite tener la información y formación necesaria para saber cuál es el límite de lo pactable. Por eso, en el post de hoy vamos a hablar sobre las comisiones bancarias y sus requisitos para que sean legales y exigibles.

¿QUE REQUISITOS DEBEN CUMPLIR PARA SER LEGALES?

Las entidades financieras tienen derecho a cobrar comisiones por las operaciones y servicios que prestan, y a la vez, la obligación de facilitar a sus clientes, antes de contratar cualquier producto bancario, toda la información del producto que va a contratar, entre esta información se encuentran las comisiones que nos van a cobrar.

Para que una comisión sea legal y se ajuste a las buenas prácticas bancarias:

1º Debe haber sido ofertada por la entidad bancaria y aceptada por el consumidor, bien en el momento de la contratación de un producto bancario, o posteriormente en un cambio de las condiciones contractuales.

2º En la comunicación de la comisión se debe expresar con claridad y transparencia qué servicios se van a prestar, ya que no es exigible una comisión que no se fundamenta en la prestación real de un servicio.

¿QUE COMISIONES HAN SIDO DECLARADAS NULAS POR LOS TRIBUNALES?

  • La cláusula que contiene una COMISIÓN POR MANTENIMIENTO: Comisión que se exige únicamente por tener una cuenta abierta con la entidad bancaria. En este supuesto, los Tribunales consideran que estamos ante una cláusula abusiva y, por lo tanto, nula, cuando la comisión no obedece a un servicio efectivamente prestado, además considera que el mantenimiento de una red de oficinas no equivale al mantenimiento de una cuenta en sí.
  • Las cláusulas sobre COMISIÓN POR DESCUBIERTO: Comisión que exige una entidad bancaria a su cliente por haberle “prestado” dinero para hacer frente a un pago cuando el saldo de la cuenta es insuficiente. En este caso, los Tribunales han determinado una cláusula como nula, porque al cliente que se quedaban en “números rojos” de forma automática se le aplicaban unos intereses, un recargo como requerimiento de saldo deudor y una comisión por descubierto, bastaba, por lo tanto, con no hacer efectiva ese pago dejándole en saldo negativo para que se apliquen intereses moratorios y además se devengue una comisión.

En definitiva, las comisiones bancarias son legales siempre que se preste un servicio que ha sido solicitado o aceptado por el consumidor y que consista en un servicio efectivamente prestado por la entidad bancaria, si no es así es posible que se trata de una comisión susceptible de ser reclamada por no ser legal. Desde Estudio Jurídico Herrero Abogados, te invitamos a contactes con nosotros si dudas sobre si alguna comisión cargada por tu banco es legal o no.